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Registro de Capital Extranjero para persona jurídica accionista de sociedad Nacional

Breve descripción del servicio

Es el registro de capital proveniente de una sociedad extranjera que será accionista de una sociedad salvadoreña, esto se inscribe por medio de Resolución Ministerial

Requisitos a cumplir para obtener el servicio /1

Solicitud que contenga la información que a continuación se detalla:
a) Generales del solicitante (citar el número del Documento de Identidad y del NIT);
b) Nombre, razón social o denominación y actividad económica que ejerce la sociedad salvadoreña;
c) Monto a registrar;
d) Procedencia de ingreso de divisas;
e) Relación de anexos que presentan;
f) Dirección, teléfono, correo electrónico para notificaciones y personas autorizadas;
g) Fecha; y
h) Firma.
Cuando la solicitud no sea presentada por la persona que la suscribe, deberá legalizarse su firma por Notario.
Deberá presentar además la siguiente documentación:
a) Copia certificada por Notario del Documento de Identidad vigente del apoderado o representante legal de la sociedad salvadoreña o de la extranjera, según sea el caso;
b) Copia de la tarjeta del NIT del apoderado o representante legal de la sociedad salvadoreña o de la extranjera, según el caso;
c) Copia certificada por Notario de Poder o credencial de la Junta Directiva o del Administrador Único vigente e inscrita en el Registro de Comercio;
d) Copia certificada por Notario de la escritura pública de Constitución y Estatutos vigentes de la sociedad extranjera, debidamente inscritos en su país de origen con la Apostilla o auténtica correspondiente;
e) Copia certificada por Notario de la escritura pública de Constitución de la sociedad salvadoreña debidamente inscrita en el Registro de Comercio;
f) Certificación del Auditor Externo sobre la composición del capital social de la sociedad salvadoreña; (si no es constituyente);
g) Copia de matrícula de empresa y establecimiento vigente;
h) Copia de NIT y NRC de la sociedad salvadoreña;
i) Copia de NIT de la sociedad extranjera;
j) Constancia original de ingreso de divisas que contenga: nombre del inversionista extranjero (ordenante-beneficiario), procedencia (país de origen), fecha de ingreso, monto recibido, firma y sello del responsable de la institución financiera receptora de las divisas;
k) Copia del Balance Inicial o general debidamente depositado en el Registro de Comercio

Tiempo de respuesta

Art. 22 Ley de Inversiones hasta 30 días hábiles

Datos de contacto de quien(es) brindan el servicio

Oficina Nacional de Inversiones
Nombre del responsable del servicio y cargo: Cynthia Eguizábal, Técnico Analista ONI
Correo electrónico: ceguizabal@economia.gob.sv
Teléfono: 2590-5107

Lugar donde se puede solicitarse el servicio

Boulevard del Hipódromo, Edificio Century Tower #293, nivel 7, Zona Rosa, Col. San Benito, S.S.

Horario de atención

De 07:30 a.m. A 03:30 p.m.

Costo del Servicio o Trámite

Gratuito

Beneficiarios del servicio

Persona Natural Extranjera

Servicio en Línea

Servicio en Ventanilla

Publicado el 02-10-2020.